Borrador para revisión institucional

Visas Autorizadas

El Departamento de Visas Autorizadas es la unidad encargada de visas para ciudadanos extranjeros que requieren autorización previa para ingresar a la República de Panamá, conforme a lo establecido en la normativa migratoria vigente.

Marco Legal

Países que necesitan visa

¿Necesita Visa para entrar a Panamá?
1. Verificar en el Cuadro de acuerdo con el tipo de pasaporte que tiene si requiere o no visa.
a. De requerir visa en el pasaporte ordinario, esta se solicita en el consulado panameño acreditado, más cercano a su lugar de residencia, quienes envían la solicitud al Servicio Nacional de Migración en Panamá para autorizar o no el visado. El usuario deberá llenar el formulario de solicitud de visa y cumplir con los requisitos que exige el Servicio Nacional de Migración.
Fundamento legal: Artículo 17, Decreto Ejecutivo No. 320 del 8 de agosto de 2008 “Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras”.

EXCEPCIÓN: En virtud de lo establecido en el Decreto Ejecutivo N°521 de 6 de agosto de 2018, modificado por el Decreto Ejecutivo N°196 de 28 de octubre de 2024, se suprime el requisito de Visa a toda persona de nacionalidad que requiera visa para ingresar a la República de Panamá, que posea Visa o Residencia vigente de los siguientes países: Canadá, Estados Unidos de América, Mancomunidad de Australia, República de Corea, Estado del Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República de Singapur y cualquiera de los Estados que conformen la Unión Europea.

2. Tiempo de Estadía:
El artículo 16 del Decreto Ejecutivo No. 320 del 8 de agosto de 2008 «Que reglamenta el Decreto Ley No. 3 de 22 de febrero de 2008, que crea el Servicio Nacional de Migración y dicta otras disposiciones» establece que las visas de turismo son expedidas por un termino no mayor a noventa (90) días.

Requisitos para visa: