Decreto Ejecutivo No 26 del 11 de noviembre de 20026. Que modifica el artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 804 de 22 de diciembre de 2009, por el cual se reglamenta la presentación de identificación a los extranjeros en el territorio nacional.
Resolución No 38022 de 14 de octubre de 2025. resuelve que, desde el día 15 de octubre e 2025 hasta el 15 de abril de 2026, el cincuenta por ciento (50%) de las multas generadas por estadía irregular, a los ciudadanos extranjeros que presenten solicitud para regularizar su condición migratoria en el territorio nacional.
Resolución No 7534 del 20 de marzo de 2025. Que acepta, las Certificaciones de Estatus y Movimiento Migratorio, que sean solicitadas mediante el sistema electrónico en línea, a partir del 1O de febrero de 2025.
Resolución No 7533 de 20 de marzo de 2025. Que acepta, el uso de los pasaportes de ciudadanos venezolanos, que se encuentren vencidos como documento de identidad válido y vigente, para realizar cualquier tipo de tramite migratorio ante el Servicio Nacional de Migración.
Resolución No 6616 de 12 de marzo de 2025. Que resuelve, todo extranjero que aplique por primera vez al Permiso de Protección de Seguridad Humanitaria, se le exonerará el total de la multa por estadía vencida. La vigencia de la presente resolución estará sujeta a lo ya establecido en el Decreto 6 de 11 de marzo de 2025.
Decreto Ejecutivo No 6 del 11 de marzo de 2025. Que crea el Permiso de Protección de Seguridad Humanitaria, al que podrá optar toda persona extranjera que, a la entrada en vigencia del presente Decreto Ejecutivo, se encuentre irregular dentro del territorio nacional y haya permanecido por un periodo no menor de un año en el país. En la eventualidad que el solicitante haya salido del país durante ese año, no puede haber permanecido más de sesenta días consecutivos fuera del territorio nacional.