COMUNICADO 09 DE NOVIEMBRE DE 2025
El Servicio Nacional de Migración informa se ha establecido un periodo de moratoria para el trámite de cambio de residencia hasta el 31 de diciembre de 2025.
Aquí está todo lo que debes saber para realizar el trámite de cambio de residencia de forma correcta:
Si la propiedad donde resides es propia, debes presentar:
Una copia de la escritura pública notariada.
Copia de tu carnet de residente.
Un recibo original (o copia notariada) de servicios públicos: luz, agua o teléfono.
Si resides en una propiedad en alquiler, debes presentar:
Una copia del contrato de arrendamiento notariado.
Copia de tu carnet de residente.
Recibo de servicios públicos (luz, agua o teléfono), original o notariado.
Si no cuentas ni con escritura propia ni con contrato de arrendamiento, entonces debes presentar:
Una carta de responsabilidad.
Certificación firmada ante juez de paz que indique tu residencia.
Copia de tu carnet de residente.
Recibo de servicios públicos (luz/agua/teléfono) original o copia notariada.
Es fundamental cumplir con esta disposición para evitar sanciones mayores, incluyendo la cancelación del estatus migratorio y la deportación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37 y 87 del Decreto Ley N.° 320 del 8 de agosto de 2008, que reglamenta el Decreto Ley N.° 3 del 22 de febrero de 2008.