COMUNICADO 29.10.21
Panamá, 29 de octubre de 2021. El Servicio Nacional de Migración aclara que el período de turismo, de extranjeros no residentes de países que mantenga vigentes acuerdos, tratados o convenios internacionales con la República de Panamá y en virtud del principio de reciprocidad se les otorgará un período de turismo igual al que se dispensa a los ciudadanos panameños.
Con respecto a aquellos países que no hayan suscrito tratados, convenios o acuerdos internacionales y no aplique el principio de reciprocidad, el período de turismo será de 30 días prorrogables tal cual lo señala la Resolución #22068 del 1 de septiembre de 2021.