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Clasificación e información acerca de Visas

Otras Opciones

Definición del Tipo de Visa

TIPO DE VISA DEFINICIÓN
Visa Es la autorización que se otorga a un extranjero para ingresar al territorio nacional, como no residente, por un determinado tiempo y   la solicitan aquellos ciudadanos de países que por razones de política migratoria requieren una autorización previa del Servicio Nacional de Migración, para entrar al país. Esta autorización la solicitan desde sus respectivos países (en el Consulado de Panamá en su país) o puede solicitarla un abogado que resida en Panamá. Deben cumplir todos los requisitos que exige Migración y si se les aprueba la visa, se notifica al Consulado de Panamá, en aquel país para que se estampe la visa en el pasaporte y la persona pueda viajar a Panamá. En esta visa, el extranjero debe especificar si la visa es de turista (en este caso especificar el tiempo que desea) o declarar  que tiene intención de residir y Migración decide si la concede o no y que tiempo dará al extranjero para estar en Panamá.
Tarjeta de Turismo El país que puede ingresar a Panamá con tarjeta de turismo no necesita visa únicamente adquiere en la aerolínea una tarjeta de turismo que le cuesta B/ 5.00 la llena con la información solicitada y la presenta con su pasaporte a la entrada a Panamá. De aquí la importancia la importancia de la clasificación migratoria que hace el Ministerio de Relaciones Exteriores. Si la persona pertenece a un país que puede entrar a Panamá, con visa estampada o tarjeta de turismo, significa que el extranjero tiene dos opciones o solicita la visa ante el Consulado Panameño y podrá llegar a Panamá con la visa ya estampada en su pasaporte o compra la tarjeta de turismo en la aerolínea o al llegar. Si la persona pertenece a un país que está clasificado como visa solamente, no tiene opción, para entrar a Panamá debe solicitar previamente en el Consulado Panameño, que se le estampe la visa. En todos los casos se requiere cumplir otros requisitos de ingreso al país. (solvencia económica, pasaporte con una vigencia mínima de seis meses y pasaje de regreso a su país)
Acuerdo de Supresión de Visas Los países que aparecen en esta categoría han celebrado convenios con Panamá en virtud de los cuales se exoneran recíprocamente del requisito de visa para ingresar al otro país.
Exención de Visa No se exige visa a los nacionales de los países que aparecen en esta categoría porque el Estado Panameño unilateralmente así lo ha decidido.